El próximo domingo 19 de junio se celebra el día del padre, con lo cual, aumenta el nivel de consumo en comercios, especialmente a través del uso de tarjetas de crédito. Si bien las tarjetas constituyen un mecanismo que conlleva muchos beneficios, iniciando por ofertas y descuentos asociados, la Oficina del Consumidor Financiero (OCF) le recuerda a los consumidores que es importante estar debidamente informados de las comisiones que se cobran por su uso, esto con el fin de promover un uso correcto y consciente.
El primer aspecto que se debe valorar, es que toda tarjeta conlleva un límite de crédito autorizado, es decir, un monto máximo que el consumidor puede gastar mensualmente y que debe ser reintegrado en su totalidad al banco en la fecha de corte convenida.
La mayoría de las tarjetas de crédito tienen autorizado un “extrafinanciamiento”, es decir, un monto mayor al límite de crédito, con lo cual, si el consumidor no es precavido con sus finanzas, puede sobrepasar el límite de crédito y utilizar ese extrafinanciamiento.
Cuando esto ocurre, se produce un “sobregiro” de la tarjeta, ante lo cual, la entidad bancaria cobra una comisión y cuyo monto varía dependiendo del tipo de entidad emisora y el tipo de tarjeta de crédito. Usualmente, hasta que el cliente no cancele este sobregiro, no va a poder seguir utilizando la tarjeta de crédito.
Así, cuando el consumidor cancela la totalidad del dinero consumido, deberá adicionalmente cancelar la comisión respectiva y si el dinero no es pagado en la fecha de corte, aplica el cobro de intereses.
El consumidor debe estar claro que la no cancelación de la tarjeta en la fecha de corte, conlleva una serie de consecuencias, como por ejemplo, un cargo por mora, intereses y si el emisor debe realizar gestiones de cobro, una comisión por este concepto.
“Cuando no se puede cancelar la totalidad de la deuda al finalizar el mes y se cancela el pago mínimo, el consumidor debe considerar que sí aplica igualmente el cobro de intereses y cualquier otra comisión de las ya señaladas”, destacó Willy Carvajal, Director de la Oficina del Consumidor Financiero.
Para aquellas compras que se realizan en el extranjero, también aplica el cobro de una comisión por conversión del tipo de cambio.
Otra comisión frecuente es aquella que se generan por reposición de la tarjeta, por ejemplo, cuando el tarjetahabiente la pierde o le roban su plástico. En estos casos, si no existe un seguro de la tarjeta por pérdida, aplica el cobro de una comisión, cuyo monto igualmente varía según el emisor y el tipo de tarjeta que se posea, que en algunos casos, puede sobrepasar los 25 mil colones.
Cuando se habla de tipo de tarjeta nos referimos a la marca de ésta (Visa, Master Card, American Express, etc) y su categoría (platinum, gold, cash back, entre otros), de ahí que resulta muy importante comparar y solicitar información previa sobre las distintas comisiones y cargos asociados a cada tipo de tarjeta.
Por otra parte, si el consumidor realiza retiros de efectivo utilizando una tarjeta de crédito (no las de débito), aplica el cobro de una comisión que consiste un porcentaje del total del dinero retirado del cajero. Si adicionalmente se realiza el retiro en un cajero que no pertenece a su banco o empresa emisora, aplica el cobro de una comisión adicional que usualmente es de 1.500 colones, aunque este monto puede variar.
Ahora bien, para aquellos casos en donde el cliente utiliza el beneficio comúnmente denominado “Tasa 0”, es decir, cuando se divide la totalidad de la compra en una serie de pagos mensuales (3, 6 o 12 meses, por ejemplo), sin cancelar ningún interés, el consumidor debe conocer que para algunas entidades bancarias, si en alguno de los meses no se cancela la totalidad de la tarjeta en la fecha pactada, se pierde el beneficio de Tasa O y el saldo pendiente de pago se encuentra sujeto al cobro de intereses, o bien, se mantiene el beneficio de Tasa O pero en la mensualidad atrasada aplica el cobro de intereses.
“Por estos motivos, es importante que el consumidor financiero esté claro de las comisiones asociadas a su tarjeta, las cuales usualmente se generan cuando existe un atraso, por lo que siempre es importante cancelar la tarjeta en la fecha de corte. Adicionalmente, el consumidor debe leer con detenimiento los folletos explicativos que se le otorgan al momento de firmar el contrato de tarjeta de crédito, en donde se detallan estas comisiones y realizar cualquier consulta a quien le ofrece la tarjeta”, destacó Carvajal.
Finalmente, los clientes deben estar pendientes a las notificaciones de avisos importantes que vienen en los estados de cuenta, en donde se pueden originar cambios en los precios de las comisiones, por lo que no se debe tratar como un simple documento, sino como un medio de comunicación entre usted y su emisor.